Levítico 25:35
¶ Ítem, cuando tu hermano empobreciere, y acostare su mano a ti, tú le recibirás: como peregrino y extranjero vivirá contigo.
La Santa Biblia Reina-Valera (1865) con arreglos ortográficos
En La King James Version
En Contexto
34Mas la tierra del ejido de sus ciudades no se venderá, porque es perpetua posesión de ellos.
36No tomarás usura de él, ni aumento: mas habrás temor de tu Dios, y tu hermano vivirá contigo.
Referencias Cruzadas
Exodus 23:9¶ Ítem, al extranjero no angustiarás; pues que vosotros sabéis el alma del extranjero, que fuisteis extranjeros en la tierra de Egipto.
Leviticus 25:25¶ Cuando tu hermano empobreciere, y vendiere algo de su posesión, vendrá su rescatador, su pariente más cercano, y rescatará lo que su hermano vendiere.
Deuteronomy 15:7Cuando hubiere en ti mendigo de tus hermanos en alguna de tus ciudades, en tu tierra que Jehová tu Dios te da, no endurecerás tu corazón, ni cerrarás tu mano a tu hermano mendigo;
Deuteronomy 24:14¶ No hagas violencia al jornalero pobre y menesteroso así de tus hermanos como de tus extranjeros, que están en tu tierra en tus ciudades.
Job 31:16Si estorbé el contento de los pobres, e hice desfallecer los ojos de la viuda;
Psalms 41:1Al Vencedor. Salmo de David. Bienaventurado el que entiende sobre el pobre; en el día malo le libre Jehová.